A un año del traspaso de Autoridad Central, desde el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile a la Corte Suprema, la tramitación de exhortos internacionales ha disminuido a más de la mitad del tiempo, lo que significa que la tramitación es más expedita para las personas involucradas garantizando un respuesta efectiva a sus solicitudes.
El 1 de julio de 2017 se hizo efectivo el traspaso de funciones de Autoridad Central para la tramitación de exhortos internacionales activos y pasivos regulados en 4 convenciones internacionales (Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias; el Protocolo Adicional a la Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias; la Convención Interamericana sobre Recepción de Pruebas en el Extranjero; y el Acuerdo de Cooperación y Asistencia Jurisdiccional en Materia Civil, Comercial, Laboral y Administrativa entre los Estados Partes del Mercosur y la República de Bolivia y la República de Chile), desde el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile a la Corte Suprema, labor que se realiza a través de la Dirección de Asuntos Internacionales y Derechos Humanos de la Corte Suprema (DAIDH).
Los exhortos internacionales son medios de comunicación procesal que permiten que tribunales extranjeros puedan solicitar mutuamente diversas diligencias en materia jurídica, lo que permite ejecutar actuaciones procesales en lugares en los que el juez no tiene jurisdicción.
Antes que la Corte Suprema asumiera como Autoridad Central los exhortos activos, diligencias solicitadas por Chile al exterior, tardaban un promedio de 289 días. En la actualidad el tiempo de tramitación se redujo a 177 días, es decir, disminuyó un 61%.
En tanto, los exhortos pasivos, diligencias solicitadas por tribunales extranjeros a Chile, pasaron de 159 días a 83 días en promedio, es decir, 76 días menos, lo que corresponde a una disminución del 52%.
Para más información sobre la tramitación de exhortos internacionales: http://daidh.pjud.cl/daidh/wp-content/uploads/2018/02/Flujos_Exhortos.pdf
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