04/08/2022: Seminario aborda importancia de la utilización del lenguaje claro para que niños, niñas y adolescentes comprendan decisiones judiciales en procesos que los involucren

Autoridades de organismos públicos y del Poder Judicial participaron en el conversatorio online organizado por la Corte Suprema “Lenguaje Claro, niños, niñas y adolescentes: una mirada integral desde el mundo judicial, la academia y la niñez”, que contó con alrededor de 150 asistentes en las plataformas Zoom, Poder Judicial TV y Youtube.

Uno de los objetivos de la actividad fue intercambiar experiencias relacionadas con la niñez y la importancia de utilizar un lenguaje claro para transmitir, de manera comprensible, la información jurídica, a fin de que puedan entender a cabalidad el proceso y las decisiones adoptadas a su respecto.

Esta iniciativa fue impulsada por la Comisión de Lenguaje Claro del Poder Judicial y el grupo ejecutor provisorio de la Política para la Efectivización de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (NNA). Instancias que lideran los ministros del máximo tribunal, Ángela Vivanco y Diego Simpértigue, respectivamente.

El conversatorio contó con las palabras de apertura del presidente de la Corte Suprema de Justicia, Juan Eduardo Fuentes, y las presentaciones de la ministra Vivanco y el ministro Simpértigue. Posteriormente expusieron la directora ejecutiva del Centro Iberoamericano de Derechos del Niño, Ester Valenzuela; la directora de la escuela de derecho de la Universidad Finis Terrae, Ángela Arenas; y Eduardo Cavalli, ministro del Tribunal de Apelaciones de la República Oriental del Uruguay.

Actualmente, la Dirección de Asuntos Internacionales y Derechos Humanos del máximo tribunal ejerce la secretaría técnica de la comisión de Lenguaje Claro del Poder Judicial, mientras que la Dirección de Estudios cumple esa labor en el grupo ejecutor provisorio de la Política para la Efectivización de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.

Una mirada integral
En su discurso inicial, el presidente del máximo tribunal, Juan Eduardo Fuentes Belmar, indicó que los niños, niñas y adolescentes son sujetos de derechos, “como lo afirma de manera categórica la Convención sobre los Derechos del Niño, que obliga al Estado chileno a adecuar su legislación y sus procedimientos administrativos y judiciales para dar efectividad a los derechos reconocidos por ella”.

Agregó que “el abordaje integral y sistémico implica que las políticas de niñez contemplen la promoción de sus derechos; la prevención para evitar la vulneración de los mismos; la creación de condiciones para su efectivo goce por todos los NNA; la detección y respuesta en caso de vulneraciones, esto es, la protección y restitución de derechos, rehabilitación, acceso efectivo a la justicia y reparación”.

La ministra de la Corte Suprema y presidenta de la Comisión de Lenguaje Claro del Poder Judicial, Ángela Vivanco, manifestó en su intervención que “el lenguaje en la infancia, en sus distintas etapas, se expresa de diversas formas, y como juzgadores debemos atender las particularidades de estas personas a través de un buen trato, de una escucha adecuada y en un lenguaje claro entendiendo que los Niños Niñas y Adolescentes son sujetos de derechos”.

Explicó que “el derecho a la participación tiene efectos evidentes y de gran relevancia en el ámbito judicial, el cual no se garantiza simplemente permitiendo la expresión de sus puntos de vista, sino que deben existir, tal como lo exponen numerosos instrumentos internacionales, una serie de medidas que garanticen la participación judicial idónea, lo que trae consigo la necesidad de impulsar adecuaciones a nivel procesal”.

En tanto, el ministro de la Corte Suprema que preside el grupo ejecutor provisorio de la Política para la Efectivización de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, Diego Simpértigue, señaló que esta instancia fue aprobada mediante el Acta 1251-2018 y tiene como misión implementar las acciones de corto plazo de esta política, mientras se instala la Secretaría Técnica e Infancia.

“Dentro de las acciones del Plan de Trabajo del Grupo Ejecutor Provisorio se encuentra la de capacitación en lenguaje claro y sencillo que tienen por objeto enseñar a los miembros de los tribunales de familia y penales a redactar y transmitir la información jurídica sin expresiones técnicas, de una forma directa y clara, a fin de facilitar que los Niños, Niñas y Adolescentes puedan comprender el proceso y las decisiones adoptadas a su respecto, como también sensibilizar acerca de la importancia de redactar y transmitir la información jurídica a los NNA, a fin de que éstos puedan comprender fácilmente el proceso y las decisiones adoptadas a su respecto”.

Enfoques
Para la directora ejecutiva del Centro Iberoamericano de Derechos del Niño, Ester Valenzuela, en “materia de decisiones judiciales, es crucial no sólo la forma, sino también el fondo. Es decir, sin duda el niño debe entender qué se decidió, todo esto de acuerdo con a su edad y madurez, para lo cual es esencial que las sentencias sean fundamentadas y siempre que se dicte una decisión que afecte a un niño de cualquier forma y grado, ésta señalar qué elementos se identificaron, evaluaron y ponderaron”.

Explicó que, en materia de representación o defensa especializada, el abogado o abogada del NNA cumpla con los estándares de especialización, de trabajos interdisciplinarios, de deberes éticos y el deber de información veraz, cierta, completa, completa e inteligible”.

La directora de la Escuela de Derecho de la Universidad Finis Terrae (UFT), Ángela Arenas, abordó la legislación nacional en relación a Ley sobre la garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia, y el derecho a ser oído. Junto con esto, un estudio que realizan desde el año pasado sobre la caracterización de causas del Centro de Medidas Cautelares de Santiago en base a las medidas que recibe la Clínica Jurídica de la UFT.

Finalmente, el ministro del Tribunal de Apelaciones de la República Oriental del Uruguay, Eduardo Cavalli, expuso sobre la experiencia en su país respecto del uso del lenguaje claro en casos que involucran a niños, niñas y adolescentes.

 “Nosotros en Uruguay tenemos desde 2004 una norma que establece la obligatoriedad o deber de escuchar a los niños en todos aquellos asuntos en que se va a resolver y esa resolución va a afectar su vida de algún modo. Incluso, se sanciona con una nulidad absoluta todo proceso jurisdiccional en que no se haya respetado esta regla”, indicó.

“Hemos ido desarrollando a través de estos 18 años una experiencia de cómo participar en estos procesos. Ésta ha sido muy gratificante y el hecho de poder escuchar a los niños, niñas y adolescentes en el proceso, digámoslo claro, facilita enormemente nuestra tarea. Una cosa es tomar una resolución como si el niño fuera un objeto de protección y otra considerarlo como un sujeto del derecho al que nosotros debemos oír. Es fantástico el elemento que esa declaración nos aporta a la hora de adoptar una resolución”, explicó.

Ver seminario: Aquí

By | 2022-08-08T19:39:36+00:00 Agosto 8th, 2022|daidh|0 Comments

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